Acreditación Institucional desde la Ley 21.091

Acreditación Institucional desde la Ley 21.091

Abreviaciones y su significado:

  • IAI: Informe de Autoevaluación Institucional.
  • CNA: Comisión Nacional de Acreditación.
  • IES: Instituciones de Educación Superior.

La ley 21.091, en el artículo 15 dice: “La acreditación Institucional será obligatoria para las instituciones de educación superior autónomas y consistirá en la evaluación y verificación del cumplimiento de criterios y estándares de calidad, los que se referirán a recursos, procesos y resultados.”

Tener presente:

La ley 21.091 entró en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial con fecha 19 de noviembre de 2019, dando paso a los nuevos reglamentos referente a la acreditación institucional.

Desde la resolución de inicio, que da el punto de partida al proceso de la acreditación institucional, cuya duración será de 7 meses. En este tiempo,  las instituciones deben incorporar antecedentes, IAI. El proceso en general será electrónico a través del Sistema de Acreditación para Procesos de Acreditación de la CNA, logrando mayor autenticidad de la información entregada.

Siguiendo con la evaluación externa, se establece una revisión de la Sustentabilidad Financiera del Proyecto Académico Institucional, la que es realizada por la CNA y que debe llevarse a cabo de manera previa a la visita oficial de los pares evaluadores a la Institución. Como procedente, esta información tiene que estar entre 40 y 70 días hábiles después que se dio inicio al proceso de acreditación institucional como se mencionaba con antelación.

El Pleno de la Comisión es quien evalúa y su evaluación tiene tres niveles: excelencia, avanzado o básico. Esto se relaciona directamente con el progreso creciente que tiene la Institución, por lo que el nivel básico no podrá impartir nuevos programas de estudio, carreras, aumento de vacantes, previa autorización de la CNA mientras que la IES estatales que obtengan una acreditación inferior a 4 años, se les aplicará un Plan de Tutoría.

De esta forma, el orden y los años de acreditación quedan así:

  • 6 o 7 años en el caso de la Acreditación de Excelencia.
  • 4 o 5 años en la Acreditación Avanzada.
  • 3 años en la Acreditación Básica.
  • No Acreditada.

El reglamento se encuentra vigente desde 1 enero del 2020.






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Dirección de Aseguramiento de la Calidad.